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DOMINIO PÚBLICO VS. INTERESES PRIVADOS EN MATERIA DE PROPIEDAD INTELECTUAL (II)

. domingo, 16 de noviembre de 2008
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Continuación de "Dominio público vs. intereses privados en materia de Propiedad Intelectual"

En la entrega anterior describimos que actualmente en materia de Propiedad Intelectual existe un movimiento que exige un cambio estructural del verdadero objeto de esta materia. El régimen actual es proclive a la PROTECCION ABUSIVA del derecho de propiedad intelectual en virtud de que otorga una protección tal que perjudica la creación y la creatividad, mientras que una tendencia moderna que gana terreno reivindica un sistema equilibrado como lo exigen los tiempos actuales. Vale hacer la anotación para los garantistas que esta nueva tendencia no implica bajo concepto alguno la disminución injusta de los derechos del autor sobre su obra, sino más bien la apertura a un nuevo sistema de construcción intelectual basado en la colaboración (ej. wikipedia), en la eliminación de mediadores (ej. youtube, Creative Commons), entre otros aspectos que abordaremos a continuación.

Analicemos los siguientes escenarios:

LEY DE MICKEY MOUSE

El Copyright Term Extension Act aprobado por el Congreso norteamericano en 1998 fue una de las gotas que derramó el vaso. Mediante esta ley se extendía el plazo de protección del derecho de autor de 50 años a partir de la muerte del autor o de 75 años para las obras creadas bajo una prestación de servicios, a 70 y 120 años respectivamente. Esto implica que las obras creadas a principio del siglo XX debían sobreseer su paso al dominio público por 20 o 45 años más. Esta vendría a ser la 11va. extensión en cuatro décadas.

Esta ley pasó a denominarse "de Mickey Mouse" por el exhaustivo y efectivo lobismo ejercido en el Congreso de EE. UU. por la Walt Disney. La misma veía sus intereses económicos perjudicados por el paso al dominio público de las obras famosas explotadas por la corporación como aquellas protagonizadas por el famoso ratón. Esto es muy curioso en virtud de lo siguiente: excluyendo al ratón, la mayoría de las obras de Walt Disney no son de su creación. Obras como La Cenicienta y Blancanieves fueron creaciones de autores que habían vivido y muerto en los siglos XVII y XVIII como lo fueron los hermanos Grimm, autores de ambas. Estos a su vez basaron sus creaciones en una recopilación exhaustiva de cuentos populares de su pueblo en Alemania (dominio público). Ahora bien, lo que Walt Disney hace a principios de siglo XX, y aquí es que el asunto se torna curioso y paradójico, es tomar estas obras del dominio público, adaptarlas y apropiarse de ellas (lo que no le criticamos) y durante casi un siglo sacarle el mayor provecho económico posible (además de entretener nuestra infancia, yo incluido) a tal nivel que sus activos están valorados hoy en día por más de US$50,000,000,000 (sí, cincuenta mil millones de dólares), su ranking de las compañías más ricas de EE.UU. es 26 lugares por debajo de compañías como Coca-Cola, y así sucesivamente.

Este escenario refleja claramente el paradójico estado de cosas en materia de protección del derecho de autor, además denota una clara lucha entre los intereses privados y el dominio público como interés colectivo. Cabe preguntarse: salvo la económica
¿qué calidad pudieran tener empresas como la Walt Disney para valerse de su poder económico ganado a partir de la explotación y apropiación de obras adquiridas del dominio público para lograr que el congreso norteamericano apruebe una ley (lobismo) consistente en evitar que sus obras pasen a este dominio, cuando haberse valido del mismo es en parte la causa de dicho poder? Veamos lo siguiente.


ELDRED VS. ASHCROFT

Como respuesta a la ley descrita surgió un caso muy famoso que llegó a la Suprema Corte norteamericana, lamentablemente, finalizando con otra atrocidad jurídica. Sin entrar en muchos detalles les reseño que el Sr. Eldred tenía un portal web que daba acceso gratuito a su colección digitalizada de libros que ya habían pasado al dominio público. Al ser aprobada la ley de Mickey Mouse, el Estado pasaba a proteger las obras, incluso retroactivamente, que fueron publicadas desde 1923 hasta el 2019 en adelante. El Sr. Eldred sintió una impotencia tal que decidió combatirla.

El caso llegó hasta la Suprema Corte y allí la parte demandante lidereada por Lawrence Lessig, un famoso autor de propiedad intelectual y abanderado de la "cultura abierta", reivindicaba la inconstitucionalidad de dicha ley por a) mala interpretación de las potestades que otorga la Constitución al Congreso y b) por violación a la libertad de expresión. La primera tesis se fundamentaba en lo siguiente: resulta que la Constitución norteamericana otorga al Congreso el poder para "promover el progreso asegurando derechos exclusivos por un tiempo limitado", claramente, la parte de "tiempo limitado" no estaba siendo acatada, más bien, al ser tan ambiguo el texto constitucional y no establecer un tiempo límite específico, el Congreso se prestaba ante ilimitadas extensiones a asegurar esos derechos ilimitadamente. Y la segunda, consistente en una violación a la primera enmienda porque ofrecer protección ilimitadamente a determinada persona sobre determinada obra obstruyendo el domino público constituye una franca violación a la libertad de expresión. Lamentablemente, para enero de 2003, a pesar de una larga batalla bien luchada, la Suprema Corte decidió en contra de Lessig y su grupo, reivindicando el poder del Congreso y del lobismo empresarial, así como defraudando el interés colectivo. La historia del huevo y la piedra.


LA HARLEY DAVIDSON Y SU ATROZ INTENTIVA

Abordemos ahora lo propio en materia de propiedad industrial. En el caso que les voy a presentar a continuación, que es uno muy particular, se mezclan las temáticas de patentes y de marcas. Es importante hacer la anotación de que el derecho sobre patentes al igual que el derecho de autor es uno limitado por el tiempo, mientras que los derechos sobre una marca no. Las marcas una vez registradas, sólo requieren un uso legítimo y continuo, y que sean re-registradas cada cierto tiempo para poder mantenerlas hasta la eternidad.

Así, cuando uno de los dos votos disidentes de la Suprema norteamericana en Eldred vs. Ashcroft (el voto del juez Steven) se fundamentó en que no había justificación para creer que el texto constitucional se interpretara distintamente entre los límites otorgados al derecho de autor y los otorgados sobre patentes, bajo concepto alguno debe ser interpretado así el derecho sobre las marcas.

En el caso que nos compete debemos señalar que desde principios de siglo XX la Harley Davidson ha fabricado sus famosas Choppers (nombre con el que se denomina ese estilo de motocicletas) con una clase de motores que emiten un sonido particular (oir sonido), el mismo ha venido a ser la característica esencial de estas motocicletas. En 1994 esta compañía solicitó algo realmente insólito, registrar este sonido como una marca. La solicitud de registro leía de la siguiente manera: "La marca consiste en el sonido de escape de las motocicletas del aplicante, producido por un motor de motocicletas V-Twin con un cigüeñal común, cuando está en uso".

Ya existían precedentes de registro de marcas sonoras (ej. el león de MGM) incluso hasta de marcas olfativas, sin embargo, lo que hace peculiar el presente caso es que claramente lo que la Harley Davidson buscaba era eternizar el derecho sobre una patente ya vencida pues ese sonido sólo es producido por ese motor. Tengamos presente que varias otras marcas como Honda, Suzuki y Yamaha producen motocicletas con estos motores y estos sonidos.

Me explico mejor. La patente de invención del motor v-twin venció 20 años después de la fecha de su registro. Al incorporarse al mercado en las últimas tres décadas otras marcas de motocicletas que beneficiándose del dominio público incorporaron motores de la misma naturaleza, la Harley Davidson encontró una manera de rehacer su propiedad sobre dichos motores. Muy ingeniosa fue la tentativa de hacer del sonido que emitían los mismos una marca registrada a su nombre, teniendo presente que dicho sonido era inherente a esos motores. De modo que todo aquel que libremente los produjera debía pedir permiso y pagar a la Harley Davidson por el sonido que emitieran. Hubiera sido como reotorgar un derecho de patente con la salvedad de que las marcas NO PRESCRIBEN. MUY INGENIOSO. Después de seis años de litigación con compañías de la competencia que se oponían a la tentativa, la Harley Davidson retiró su solicitud de registro que pasaría a ser una de las más peculiares y controversiales de la historia norteamericana.


CONCLUYENDO

Ha quedado claro que existe una dialéctica entre los intereses privados y el domino público en materia de propiedad intelectual e industrial. Grandes similitudes existen entre los intereses de Walt Disney y compartes, y los intereses de la Harley Davidson, y no obstante haber quedado claros los beneficios que otorga la garantía del dominio público, dichos intereses abogan por su eliminación, y en casos como Eldred v. Ashcroft podemos ver cómo el Estado por medio de sus tres poderes los aseguró. Beneficios y principios tan básicos como la competencia en el mercado, la libertad de expresión, la limitación de los poderes del Estado, el auge de la creatividad, la limitación de los derechos sobre la propiedad intelectual e industrial, fueron desestimados.

La dialéctica continua hasta que un nuevo régimen desestime el actual estado de cosas en materia de propiedad intelectual. El auge de una cultura abierta es cada día mayor y prueba de ello es que este artículo haya llegado a tus ojos, no le des la espalda.

Por razones de extensión de la presente entrega me limito a presentar los casos anteriormente descritos. No impide esto que en próximas entregas les continúe presentando lo acontecido en temas tan controversiales como patentes sobre organismos vivos o sobre bienes culturales (muy interesante el caso de los bienes históricos de las tribus indígenas que se encuentran en propiedad de museos y de estados), entre muchas otras temáticas de gran interés en la materia.


Les dejo el acceso a los siguientes documentos relacionados que sirvieron como fuente a este artículo:

"Ley de Mickey Mouse" o el "Sonny Bono Copyright Term Extension Act"

Reseña de sentencia "Eldred v. Ashcroft"
Transcripción de los argumentos orales en Eldred v. Ashcroft
Voto disidente del Juez John Paul Stevens en el caso de Eldred v. Ashcroft

Sentencias relacionadas: "Golan v. Gonzales"; "Kahle v. Gonzales"; "United States v. Lopez"; "United States v. Morrison"

"How I lost the Big One" de Lawrence Lessig.

"The trademark registrability of the Harley Davidson's roar" de Michael Sapherstein.


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